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Mié, Abr

Empresas advierten efectos negativos por fallo a favor de hombres con pareja embarazada

Nacional
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Como preocupante calificó la presidenta de Acopi, el gremio que representa a las pequeñas y medianas empresas, Rosmery Quintero, el fallo de la Corte Constitucional que busca que los hombres cuya pareja esté en estado de embarazo o periodo de lactancia no puedan ser despedidos de sus trabajos.


Según la dirigente gremial, esto puede conllevar a que se segmente la vinculación laboral y sean excluidas tanto mujeres como hombres con parejas estables. “Muy seguramente los hombres con parejas estables que consideren tener hijos van a ser excluidos, se van a preferir personas jóvenes y que no tengan una relación formal o establecida”.

Igualmente, la presidenta de Acopi señaló que esto pone en riesgo la productividad de las empresas ya que estarían obligadas a mantener a un empleado así no esté dando los resultados esperados.

“La primera preocupación que hay que considerar es que por un lado la mujer cuando se le aumenta el número de semanas muchos empleadores las excluyen”, afirmó Quintero.

También, que “la pareja de quien esté en proceso de embarazo no se puede desvincular de la empresa, afecta la productividad porque si no está dando los resultados esperados no se puede desvincular por esa situación”, puntualizó.

El fallo

Con una votación de 5 a 4, el alto tribunal declaró exequible la norma que determina la prohibición para despedir a una mujer que se encuentre en estado de embarazo o lactancia pero la extendió para que dicho condicionamiento fuera aplicable al hombre o su pareja.

Lo que trascendió de la decisión de la Corte Constitucional es que uno de los condicionamientos para que el hombre acceda al beneficio de la norma es que demuestre que la mujer que se encuentra en gestación o lactancia dependa económicamente de él.

Los magistrados tomaron la determinación tras analizar los artículos 239 y 340 del Código Sustantivo del Trabajo que contiene los condicionamientos y facultades para despedir a una mujer trabajadora que se encuentre en estado de embarazo o lactancia.

En este caso, la Procuraduría había solicitado a la Corte Constitucional la exequibilidad de la norma demandada al advertir que debe haber la protección constitucional a la mujer en gestación, al niño que está por nacer o al recién nacido y a su familia en el ámbito laboral.


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