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Mar, Abr

Inpec debe reubicar y acabar sitios alternos para personas detenidas

Judiciales - Nacional
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24 horas tiene la Policía Metropolitana de Bogotá, el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) y las administraciones distritales para reubicar a las personas que se encuentran detenidas en sitios alternos a las Unidades de Reacción Inmediata (URI).


Indicó la Corporación Judicial que es inhumano que se tengan a personas privadas de la libertad por más de 36 horas, sin las condiciones de higiene necesarias, vulnerándose los derechos fundamentales.

Señaló la Corte que la Policía Nacional debe suspender el uso de lugares “de reclusión de remolques, autobuses, carpas, parques, plazas públicas y cualquier otro sitio distinto de los establecimientos de reclusión del sistema penitenciario y carcelario o de los sitios que han sido habilitados, de acuerdo con la ley, para la detención o reclusión de personas privadas de la libertad en condiciones mínimas de subsistencia digna y humana”.

Agregó que la Alcaldía Mayor de Bogotá tiene tres meses máximo para condicionar un lugar apropiado para la reclusión transitoria de “los internos que, a pesar de habérsele resuelto su situación con medida de aseguramiento de detención intramural o estar cumpliendo una condena, pasadas 36 horas luego de su ingreso a los establecimientos de detención transitoria, no puedan ser trasladados de inmediato a la Cárcel Distrital de Varones y Anexo de Mujeres del Distrito Capital u otro establecimiento carcelario o penitenciario”.


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