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Jue, Mar

Infidelidad no anula Unión Marital de Hecho: Corte Suprema de Justicia

Política
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La Corte Suprema de Justicia aseguró que una infidelidad entre una pareja no anula una Unión Marital de Hecho (UMH).

 

La determinación la tomó luego de que la corporación estudiara el caso de un hombre que sostuvo una Unión Marital de Hecho durante un poco más de nueve años, pero que a la par durante cuatro sostuvo una relación con otra mujer. 

El alto tribunal conceptuó que “establecida una unión marital de hecho, la singularidad que le es propia no se destruye por el hecho de que un compañero le sea infiel al otro, pues lo cierto es que aquella (...) solo se disuelve con la separación física y definitiva de los compañeros permanentes”. 

La Corte desvirtuó el requerimiento de la demandante que buscaba protagonismo en la vida del hombre, con el que solamente sostuvo encuentros ocasionales. “Remató la acusación endilgándole al tribunal que no dio «por demostrado, estándolo, que entre el 1 de noviembre de 2001 y el 31 de octubre de 2010, existió una unión marital de hecho entre la señora y el señor, cobijada con los requisitos de permanencia y singularidad exigidos por el artículo 1 de la Ley 54 de 1990»”. 

Sumado a ello, el togado también concluyó que la evidente falta de singularidad de la unión reclamada por la demandante “extiende sus efectos nocivos a otros elementos axiológicos de los que el legislador establece para las uniones maritales de hecho, cuando advierte que deben reunir el requisito de una comunidad de vida permanente”. 



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