Alcalde de Riohacha habría violado acuerdo municipal

Política
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El haber firmado siete contratos sin facultades, el alcalde de Riohacha, Rafael Ricardo Ceballos Sierra, podría haber incurrido en la violación al régimen de contratación.

El burgomaestre recibió facultades de los concejales por dos meses y las había solicitado más amplia. Al final no las aceptó y las objetó.

Sin embargo, acogiéndose a la ley 1551 celebró contratos en dos días.

El alcalde firmó 7 proyectos en sólo día, por un monto superior a 14 mil millones de pesos. En su mayoría al proceso educativo, transporte, nuevas tecnologías, recuperación nutricional a niños y niñas de Riohacha.

Entonces, el mandatario de los riohacheros habría violado el Acuerdo 027 del 2002 “Por medio del cual se reglamenta la autorización para contratar, señalando los casos en que requiere autorización previa del Concejo”.

El artículo primero de ese acuerdo dice que “El alcalde Mayor de Riohacha, requerirá siempre autorización previa del Concejo Municipal para suscribir contratos o convenios, salvo cuando el contrato sea de menor cuantía”

Este acuerdo lleva la rúbrica de los concejales de ese entonces; Abraham Gómez Medina, Xiomara Borrego y Elver Peñalver Henríquez y fue firmado el 3 de diciembre del 2002.

Por su parte, el alcalde de Riohacha, Rafael Ricardo Ceballos Sierra dijo han actuado atendiendo las orientaciones de la Federación Nacional de Municipios y ha hecho uso de la ley 1551.

Ceballos Sierra insistió que “Se nos hizo entrega de un borrador de reglamentación de los casos que esta nueva ley trae y prevé para que los alcaldes se lo podamos aportar a los concejales a fin que cumplan con la obligación de reglamentar esos cinco casos que se plantea”.

El burgomaestre precisó que también se escucharon las experiencias vividas por Distrito de Cartagena en donde se ha aplicado esa ley con buenos resultados.

Finalmente Ceballos Sierra, dijo que el principio de la buena fe y atendiendo de las orientaciones que le ha dado la Federación de Municipios se ha hecho la aplicación de la ley 1551.