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Mar, Abr

La ley de licores

Columnas de Opinión
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Escrito por:

Amilkar Acosta Medina

Amilkar Acosta Medina

Columna: Opinión

e-mail: amylkaracostamedina@gmail.com



Se tramita en el Congreso de la República el Proyecto de ley que reglamenta el ejercicio del monopolio rentístico de los licores consagrado en la Constitución Política y esta semana ya va para tercer debate en el Senado de la República. El año anterior hubo un intento fallido de hacerlo a través de la Ley del Plan de Desarrollo y las razones para su hundimiento fueron tres: en primer término, la propia Constitución establece que no se puede hacer sino a través de una Ley de régimen propio y este no era el caso. En segundo lugar, no fue concertada y se trató de sorprender a los departamentos aprobándola en volandas en el Congreso. Y tercero, que era lo más grave, prácticamente se acababa de un plumazo con el monopolio, no obstante que este está amparado por la Carta en su artículo 336, a través del expediente del silencio administrativo positivo.


Esta vez, se corrigió el error de procedimiento y efectivamente se presentó como un Proyecto de ley de régimen propio, el mismo que estaba en mora de expedirse hace 25 años. Se dio una gran concertación, a través de múltiples foros abiertos en las regiones y se consultó a los gobernadores y gerentes de fábricas nacionales de licores. Adicionalmente, se establecen normas que preservan el monopolio en toda la cadena, esto es en la producción, la introducción y la distribución.

Desde un principio de la discusión de este Proyecto planteamos en la Federación de Departamentos dos líneas rojas que no se podían traspasar sin lesionar a los departamentos. La primera, que no se menoscabaran los ingresos por concepto de recaudo del impuesto al consumo, dado que este representa el 16.2% de sus ingresos totales y el 41.2% de sus ingresos propios y la segunda que no resultara nugatorio el ejercicio del monopolio.

La nueva estructura impositiva contempla tres componentes: un impuesto específico de $220 por grado alcoholimetrico para todas las botellas de 750 centímetros cúbicos, ya se trate de licores nacionales o extranjeros, lo cual es congruente con las prescripciones de la OMS, dado que a mayor grado de alcohol que contengan es más nocivo para la salud. Adicionalmente, se aplicará un impuesto advaloren del 25% sobre el precio final de venta al público, lo cual es mucho más equitativo ya que los productos de más alta gama pagarán más. Y, finalmente, se establece un IVA general del 5%, el cual le permitirá a la industria nacional de los licores descontar el IVA cancelado sobre los insumos (botellas, tapas, etiquetas, etc.), lo cual le significará una ventaja competitiva frente a los licores importados que lo deben pagar.

Según las proyecciones que se han hecho, tal como va la ponencia los ingresos por este concepto se incrementarán en un 20%, al pasar de $1.463.777 millones a $1.758.883 millones en 2017. Estos serán mayores recursos para la salud, la educación y el deporte, que son su destinación específica. En cuanto al ejercicio del monopolio de producción los departamentos lo podrán ejercer directamente, tercerizándola o mediante maquila, tal y como se viene haciendo actualmente. En este sentido no habrá nada nuevo bajo el sol. Para ello podrán optar las asambleas departamentales, a iniciativa del Gobernador ya sea por la modalidad de los permisos o de los contratos. Tampoco se pierde esta prerrogativa cuando se trate de la introducción de licores importados, conservando el Departamento la facultad de otorgar permisos o de revocarlos cuando haya lugar a ello.

Se prevén normas tendientes a combatir tanto el contrabando, que oscila alrededor del 25% y le representa anualmente a los fiscos departamentales una suma superior a los US $420 millones, como también la adulteración, que es todavía mayor. Se endurecerán las penas previstas en la Ley 1762 de 2015, de anti-contrabando, al ser considerados los licores como “producto sensible”, se amplía el control de los licores por parte de los departamentos al alcohol potable, el cual además se deberá desnaturalizar cuando sea para otros usos, evitando que terminen en los alambiques artesanales para la adulteración. Así mismo se obliga a las casas matrices de los licores incautados a identificar su origen, se prevé implementar un sistema de señalización que permitan el rastreo y así poder establecer la trazabilidad del producto desde el punto de producción o introducción al de venta. Se cuenta para ello, además, con la Plataforma tecnológica Orfeo y con el Observatorio anti-contrabando de la Federación de Departamentos que le sirve de soporte para el análisis y la estrategia.

En suma, la ponencia que ahora se discute dista mucho del texto que repudiamos cuando se intentó llevarse de calle el monopolio rentístico de los licores, so pretexto de que Colombia con su ejercicio estaba incumpliendo los TLC e infringiendo las normas de la OCDE, lo cual quedó demostrado que es absolutamente falso.


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