En Colombia ya no se puede seguir hablando de la responsabilidad penal de las personas jurídicas como si fuera una extravagancia académica. A estas alturas, ese debate ya no pertenece solo a los seminarios o semilleros de dogmática penal. Pertenece, sobre todo, a la realidad.
Y la realidad es esta: buena parte de la criminalidad económica contemporánea se mueve a través de compañías, estructuras societarias, cadenas de mando difusas y beneficios corporativos que rara vez terminan en el bolsillo de un solo individuo. Precisamente por eso, me parece insostenible que el legislador colombiano siga actuando como si bastara con perseguir a la persona natural y dejar a la organización en un vacío jurídico.
El punto de partida debe ser honesto: no existe una regulación punitiva expresa y general, aunque sí hay antecedentes jurisprudenciales, avances legislativos frustrados y mecanismos dispersos de reacción estatal. En el Congreso han cursado distintos proyectos de ley para crear regímenes penales de las personas jurídicas, fortalecer la cultura organizacional y prevenir delitos, pero el sistema sigue siendo fragmentario. Eso, dicho sin rodeos, revela una vacilación política persistente.
Y aquí es donde, francamente, yo sí hablaría de cobardía legislativa. Es que una cosa es reconocer la complejidad dogmática del asunto y otra muy distinta es usar dicha dificultad como excusa para la inacción. En mi opinión, el Congreso colombiano no ha dejado de legislar por falta de información, ni por ausencia de doctrina o jurisprudencia, ni bajo la premisa de que el problema sea imaginario. No. Ha evitado legislar toda vez que tocar la responsabilidad penal de la empresa significa enfrentarse a intereses económicos muy poderosos y admitir algo incómodo: que la organización no siempre es víctima del delito, sino que también puede ser su vehículo, su beneficiaria o incluso su escenario de planeación.
Colombia no ha construido todavía un régimen penal general y expreso para las personas jurídicas, aunque sí ha ido acumulando respuestas fragmentarias que muestran que el problema existe y que el Estado ya interviene. Basta mirar, de un lado, las facultades previstas en el artículo 91 de la Ley 906 de 2004 y, del otro, el modelo sancionatorio introducido por la Ley 1778 de 2016 en materia de soborno transnacional. El verdadero déficit no está en la ausencia absoluta de reacción, sino en la falta de una decisión legislativa coherente que organice, limite y justifique esa intervención. Mi impresión es clara: Colombia ya las castiga, ya interviene y ya las sanciona; lo que no ha hecho es asumir con transparencia y coherencia la discusión orientada a definir las reglas de juego claras que el país requiere para combatir la criminalidad corporativa.
Por eso, en lo personal, no me convence el argumento de la prudencia legislativa. Lo que veo es una mezcla de temor político y comodidad institucional. Temor político, porque ningún Congreso quiere cargar con el costo de parecer enemigo de la empresa. Y comodidad institucional, porque es más fácil seguir usando parches administrativos, medidas cautelares y respuestas indirectas que construir un régimen técnicamente serio. Pero esa salida intermedia ya empieza a parecerse demasiado a la hipocresía: se rehúye la frase responsabilidad penal, mientras se aceptan consecuencias que, en la práctica, pueden ser devastadoras para la persona jurídica.
El país necesita dar ese paso, pero darlo bien. No para convertir el derecho penal en un instrumento simbólico ni para criminalizar indiscriminadamente la actividad empresarial. Lo que se necesita es un modelo legal restringido, garantista y técnicamente sólido, aplicable a delitos de especial lesividad, construido sobre el beneficio empresarial, el defecto de organización y la relevancia real de los programas de prevención. Porque, al final, lo que está en juego no es una moda doctrinal. Lo que está es si el Estado seguirá permitiendo que, detrás del velo corporativo, se diluyan responsabilidades que ya no caben dentro del viejo esquema de un autor individual y una empresa inocente.
Columna de Opinión
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