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Procuraduria formula cargos a siete policías por supuesto maltrato físico a ciudadano

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Un menor de edad, al parecer fue sometido a malos tratos, consecutivo de tortura, consistentes en golpes en diferentes partes de su cuerpo y con quemaduras de primer grado, producto del gas pimienta que al parecer le fue rociado en su cuerpo, mientras permanecía en el comando de la Policía en Maicao. Estas lesiones fueron dictaminadas por el Instituto de Medina Legal al menor Argemiro Pérez James y la denuncia fue instaurada su hermano mayor Pedro Pablo Pérez James.

Por esta razón, la Procuraduría Regional de La Guajira a cargo de Carmen Beatriz De Vega de Martínez, le corrió pliego de cargos a los patrulleros Carlos Márquez Acosta, Harold Claro Ahumada, Jhony Stevan Fique Sáenz, Cesar Moreno Guzmán, Ignacio Jesús de la Hoz, Oscar Cárdenas Ruiz y Claro Mejía Cotes.

El cargo que le formuló el Ministerio Público es por haber permitido y causado lesiones en el cuerpo del menor Argemiro Pérez James, en las instalaciones del comando de Policía de Maicao, con el propósito de castigarlo por haberse exaltado mientras estuvo en poder de los uniformados.

Para la Procuraduria "los patrulleros podrían haber incurrido en la ejecución de la conducta disciplinaria considerada como tortura, en el entendido que en su comportamiento se presentan elementos configurativos de la misma, como son, la intencionalidad de ejecutoria, haber causado con ello un sufrimiento grave", puntualiza el ministerio público. El propósito de los uniformados era el de castigar a la víctima por las palabras groseras lanzadas a los policías, lo que va en contravía a los postulados del código de infancia y adolescencia en su artículo 18 que consagrada el derecho a la integridad personal, estableciendo que los adolescentes tienen derecho a ser protegidos contra todas las acciones o conductas que causen, malos tratos, daño o sufrimiento físico.

La presunta infracción de los policías, se determina como falta gravísima, porque la tortura se tipifica como delito sancionable a titulo de dolo cuando se cometa en razón, con ocasión o como consecuencia de la función o cargo o abusando del mismo. Convirtiéndose en una conducta que afecta el derecho fundamental, a la dignidad de las personas, a la integridad personal, física o síquica.

Cabe recordar que los hechos tuvieron ocurrencia en la tarde del 14 de abril del 2008, cuando Argemiro Pérez James, tenía 16 años de edad, fue conducido por los uniformados hasta la estación de Policía para hacerle una revisión a la motocicleta en que se movilizaba, supuestamente allí fue golpeado, por varios agentes. Los hechos fueron denunciados por los familiares ante la Fiscalía, la Defensoría del Pueblo y el Instituto de Bienestar Familiar, por las agresiones físicas de las cuales fue víctima el muchacho.

"Un agente comenzó a ultrajarme porque iba a salir de la estación a llamar y a comprar agua. Me dijo que me sentara y me empujó. Yo le respondí y después todos empezaron a pegarme", relató el menor. Tras oír los gritos del muchacho, algunos familiares que habían llegado a la entrada de la estación lo rescataron con ayuda del Defensor del Pueblo. Luego lo trasladaron de urgencias a la clínica Maicao, donde fue atendido por quemaduras de primer grado y contusiones en diferentes partes del cuerpo.

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