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Lun, Jun

El 28 de cada mes no circularán motos en Riohacha

Municipio
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El alcalde de Riohacha, Jaider Antonio Curiel Choles, a través del Decreto 049 del 2010, prohibió la circulación de motocicletas, tricimotos y cuatrimotos, durante el día 28 de cada vez.

Así mismo, en la misma disposición restringió la circulación en horario nocturno en la jurisdicción del municipio de Riohacha, durante todos los días de la semana, desde las 10:30 de la noche hasta las 5:00 de la mañana del día siguiente.

También estableció el día del pico y placa, igualmente les recordó a los propietarios de motos, que deben portar la placa y el no tenerla acarreará una dura sanción.

De igual manera, los conductores de este tipo de vehículo deberán portar la cédula de ciudadanía, certificado judicial vigente y los documentos del automotor, incluido el Soat.

Los conductores no pueden transportar niños menores de 10 años, ni mujeres embarazadas.

Circular a una velocidad que no rebase los cuarenta kilómetros por hora dentro de las zonas pobladas de la ciudad y sus corregimientos. Respetar las formaciones de tropa, la marcha de desfiles, filas estudiantiles, las manifestaciones públicas y actividades deportivas y culturales debidamente autorizadas por las autoridades.

Reducir la velocidad cuando transiten por zonas escolares en los horarios y días de funcionamiento de las instituciones educativas, de igual manera por las zonas hospitalarias y terminal de buses.

Detenerse ante una luz roja o amarilla del semáforo o una señal de "Pare". Abstenerse de conducir en estado de embriaguez o bajo los efectos de sustancias alucinógenas.

Por último, los primeros cinco días de aplicación de las medidas adoptadas en el presente decreto, el Instram y la Policía Nacional adelantarán campañas pedagógicas para ilustrar a los conductores del contenido de este acto administrativo y demás normas de tránsito.

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