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Mié, Abr

El ejecutivo y la Asamblea deben estar unidos

Columnas de Opinión
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Escrito por:

Cesar Arismendy Morales

Cesar Arismendy Morales

Columna: Reflexiones

e-mail: cesaridys@hotmail.com

Economista de la Universidad de los Andes y Licenciado en Ciencia Sociales de la Universidad Distrital de Bogotá. Cursó estudios de Planificación del Desarrollo Rural y Urbano en la Universidad de los Andes y en el Instituto de Estudios Sociales de La Haya Holanda. Igualmente estudios de maestría en Desarrollo Regional en la Universidad de los Andes y cursos de Ciencias Políticas en la Universidad de Minnesota - Estados Unidos.



La Guajira producto del acto legislativo No. 005 de 2011 y los posteriores efectos de la Ley del Sistema General de Regalías perdió la principal fuente de financiación de la inversión pública social, afectando de paso, muchas otras fuentes rentísticas que ponen en difícil situación la sostenibilidad del departamento.

Con el nuevo sistema, los recursos de regalías dejan de pertenecer al territorio, y si bien se asignan unos cupos indicativos a los cuales se puede acceder, previa formulación y viabilización de proyectos, su monto es muy inferior al que tradicionalmente venía percibiendo la gobernación y sus municipios.

Este descenso en la fuente de las regalías no solo repercute en la posibilidad de financiar importantes proyectos de inversión en forma directa y planteados en el plan de desarrollo, sino que afecta directamente otras fuentes rentísticas muy importantes, como las estampillas pro desarrollo fronterizo, pro desarrollo departamental, pro universidad, pro cultura, pro electrificación, pro anciano y la contribución sobre contratos cuya destinación es el fondo de seguridad ciudadana, dado que la mayoría se soportan en la contratación pública del departamento, cuyos montos son directamente proporcionales al ingreso de las regalías. Por este motivo en la proyección de ingresos las estampillas presentan una tendencia descendiente en el periodo 2012 a 2015.

Si a esto le sumamos la eliminación del recaudo de la gaceta departamental que fue suprimida por el Decreto Nacional 019 anti tramites, los ingresos propios sufren también una fuerte afectación.

En el plan de desarrollo se especifica, que a diferencia de otros departamentos que se han visto beneficiado por el desarrollo económico del sector privado, La Guajira es un departamento que no tiene industria y su comercio es excesivamente local, la posición de zona de frontera y la falta de servicios públicos con calidad no ha servido de estímulo para el crecimiento económico, enquistando al departamento en el subdesarrollo y la desigualdad.

La minería, principal actividad económica del departamento es de enclave, excesivamente especializada y cerrada y no promueve ni arrastra al resto del departamento en su crecimiento.

Ante la disminución de las fuentes de financiamiento y el planteamiento de muchas políticas, metas y acciones en el plan que no cuentan con financiamiento directo, pero que son esenciales si queremos superar las barreras de la pobreza y pobreza extrema, el departamento necesita incrementar su capacidad de gestión para allegar nuevos recursos vía cofinanciación ante el nivel nacional, regional, departamental y local, el sector privado, e incluso, el nivel internacional, para lograr la financiación de las iniciativas señaladas en el plan de desarrollo.

Para continuar con el ritmo de trabajo que se traía y cumplir el plan, el ejecutivo requiere contar con instrumentos de gestión que le permita adaptarse y fortalecerse para enfrentar los nuevos retos que asigna los últimos cambios normativos y financieros expedidos por el nivel nacional tal como se señala en el numeral 2 del artículo 60 del Decreto Ley 1222 de 1986.

El citado artículo 60 del Decreto Ley 1222 de 1986 señala que corresponde a las asambleas, por medio de ordenanzas fomentar, de acuerdo con los planes y programas generales, las empresas, industrias y actividades convenientes al desarrollo cultural, social y económico del departamento, y que no correspondan a la Nación o a los municipios. Igualmente, autorizar al gobernador para celebrar contratos, negociar empréstitos, enajenar bienes departamentales y ejercer, pro témpore, precisas funciones de las que corresponden a las asambleas. Como se podrá observar, por mandato constitucional y de ley, la responsabilidad de sacar adelante al departamento no es solo del Gobernador, sino también de su órgano coadministrador, la Asamblea Departamental, razón por la cual se requiere del concurso y apoyo de la duma para lograr superar las dificultades que actualmente estamos enfrentando.



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