La decisión de la Corte Constitucional permite que personas casadas, con hijos o en unión marital de hecho puedan postularse como soldados profesionales, una limitación que regía desde hace años en los procesos de incorporación.
La Corte Constitucional dio paso a un cambio significativo en los requisitos para ingresar al Ejército Nacional, al eliminar la restricción que impedía a personas con núcleo familiar conformado, ya sea por matrimonio, hijos o unión libre, aspirar a la carrera de soldado profesional.
La determinación se conoce en medio del proceso de incorporación correspondiente al cuarto contingente de 2025, el cual contempla la vinculación de cerca de 15.000 jóvenes mayores de 18 años.
Un requisito que limitaba opciones de ingreso
La norma suprimida había sido cuestionada por diversos sectores sociales y jurídicos debido a que limitaba el acceso laboral y la libre elección de carrera militar a quienes habían conformado una familia.
Con la decisión, la Corte reconoce que la formación de un hogar no puede ser motivo para excluir a un ciudadano que cumpla con las capacidades físicas, psicológicas y académicas exigidas para servir en la Fuerza Pública.
Requisitos vigentes para ser soldado profesional
Pese a la modificación, se mantienen las condiciones generales para quienes aspiren a la carrera militar. Entre ellas se encuentran:
•Tener entre 18 y menos de 24 años al momento de la incorporación.
•Presentar cédula de ciudadanía y libreta militar de primera clase.
•Acreditar educación básica aprobada.
•No contar con antecedentes penales ni disciplinarios.
El proceso de inscripción continúa siendo totalmente gratuito y se realiza directamente a través de los canales oficiales del Ejército Nacional.
Advertencia frente a posibles fraudes
Las autoridades han reiterado el llamado a los aspirantes para que no acudan a intermediarios o personas que ofrecen trámites acelerados o “cupos” a cambio de dinero. Cualquier cobro externo a los establecidos legalmente constituye una estafa.