A las 8:00 de la mañana del día de hoy, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios anunció toma de posesión de los bienes, haberes y negocios de la sociedad Electrificadora del Caribe (Electricaribe) S.A. E.S.P., ordenada por virtud de la Resolución n.º 20161000062785 del 14 de noviembre de este año, la cual busca asegurar la prestación del servicio de energía eléctrica en los departamentos abastecidos por Electricaribe: Atlántico, Bolívar, Cesar, Córdoba, La Guajira, Magdalena y Sucre.
En Santa Marta, los Usuarios de Electricaribe que llegan a realizar quejas y a pagar el servicio se encuentran con el operativo de seguridad de las autoridades. Muchos piden que se intervenga Santa Marta al igual que Barranquilla.
Según la Resolución, la toma de posesión de Electricaribe S.A. E.S.P. se ejecuta porque la compañía está actualmente incursa en dos de las causales previstas para el efecto en la Ley 142 de 1994. Por una parte, se ha concluido que la situación financiera de Electricaribe puede llevarla a una inminente cesación de pagos, en los términos del numeral 7 del artículo 59 de la citada Ley. De otra parte, la información disponible apunta a que Electricaribe no está actualmente en condiciones de prestar el servicio de energía con la continuidad y calidad debidas (numeral 1 del artículo 59). “La toma de posesión de Electricaribe está respaldada por el mandato que la Constitución Política colombiana le impone al Estado, en el sentido de asegurar la prestación eficiente de servicios públicos en todo el territorio nacional”, explicó el Superintendente de Servicios Públicos, José Miguel Mendoza.
La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios avisó que se designó como Agente Especial al doctor Javier Alfonso Lastra Fuscaldo y advirtió que en adelante no se podrá iniciar ni continuar procesos o actuación alguna contra la intervenida sin que se notifique personalmente al Agente Especial la pena de nulidad.
También expresó que, los acreedores y en general las personas que tengan en su poder activos de propiedad de Electrificadora del Caribe S.S. E. S. P.S, deben proceder de manera inmediata a entregarlos al Agente Especial.
Así mismo se comunicó que el Agente Especial está facultado para suspender o poner fin a cualquier clase de contratos existente al momento de la toma de posesión, si los mismos son necesarios.