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Lun, Mar

Tribunal rechazó demanda que pedía suspender los Polémicos cambios en el Proyecto de Bogotá

La incertidumbre del Metro de Bogotá y la incongruente planificación, todo esto afectaría los avances y obligaría a que se invirtiera más.

Nacional
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Dicha acción cuestionaba los recientes comunicados presentados por el presidente Petro y la alcaldesa de Bogotá Claudia López, para la modificación de uno de los tramos.

Por no acatar los requisitos exigidos, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca rechazó la demanda que pedía suspender los cambios que fueron anunciados recientemente frente a los planos del Metro de Bogotá. En la decisión se consideró que existen problemáticas que deben ser subsanadas por el accionante en este caso, la concejal distrital de Bogotá Lucía Bastidas.

En la demanda que exigía la protección de los derechos de control de protección e intereses colectivos a la moralidad administrativa, la defensa del patrimonio público, el goce del espacio público y la utilización y defensa de los bienes de uso público, se alegaba que los recientes pronunciamientos respecto a el cambio de un tramo generaban sobrecostos que iban a afectar a los habitantes de Bogotá, dichos sobrecostos estarían rondando los 6.1 Billones de pesos, algo que el estado no podría financiar.

Asimismo, se indicó que según información enviada a la opinión pública se estaba contemplando la posibilidad de “sortear un tramo de 9,6 kilómetros o más de la primera línea del Metro de Bogotá el cual lleva actualmente el 8% de su construcción”. Todo esto afectaría los avances y obligaría a que se invirtiera más.

Por no acatar los requisitos exigidos, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca rechazó la demanda que pedía suspender los cambios que fueron anunciados recientemente frente a los planos del Metro de Bogotá. En la decisión se consideró que existen problemáticas que deben ser subsanadas por el accionante en este caso, la concejal distrital de Bogotá Lucía Bastidas.

En la demanda que exigía la protección de los derechos de control de protección e intereses  colectivos a la moralidad administrativa,  la defensa del patrimonio público, el goce del espacio público y la utilización y defensa de los bienes de uso público, se alegaba que los recientes pronunciamientos respecto a el cambio de un tramo generaban sobrecostos que iban a afectar a la comunidad.

Se indica que según información pública se estaba contemplando la posibilidad de “sortear un tramo de 9,6 kilómetros o más de la primera línea del Metro de Bogotá el cual lleva actualmente el 8% de su construcción”. Todo esto afectaría los avances y obligaría a que se invirtiera más.

En el fallo de 57 páginas, la sala solicita a la cabildante, que establezca todos los hechos imputables a las autoridades del orden nacional y distrital, señalando cuales son las amenazas presentadas para los derechos colectivos y las posibles afectaciones que existen por los pronunciamientos hechos recientemente para que un tramo sea elevado y otro subterráneo. Del mismo modo, se le pide que se entregue toda la documentación que apruebe el daño patrimonial a las finanzas de Bogotá, con los cambios que se están planteando frente a este megaproyecto.

Para ello, pide el concepto técnico del objeto del contrato y así determinar si la modificación pretendida requiere de la intervención judicial en aras de proteger los derechos colectivos reclamados.

Así mismo, se requiere la prueba del contrato y la forma como las partes hicieron las previsiones correspondientes al contrato del Metro, y así llegar a la conclusión que estamos en presencia del inicio de una actuación administrativa tendiente a lograr la modificación del contrato y con ello su paralización.

Del mismo modo se considera que se debe anexar la prueba del contrato y la forma “como las partes hicieron las previsiones correspondientes como para concluir que estamos en presencia del inicio de una actuación administrativa tendiente a lograr la modificación del objeto del contrato y con ello su paralización”. 

“Se tiene que la parte demandante omitió demostrar haber enviado, de manera simultánea a la presentación del presente medio de control, copia de la demanda y de sus anexos a las autoridades accionadas, y tampoco justificó no conocer la decisión donde estas reciben notificaciones, o presentó medidas cautelares, situación que está completa como causal de inadmisión en medio de los requerimientos actuales”, precisa el fallo. 

También pide que precise la cuantificación del presunto daño al patrimonio. “De la misma forma deberá determinar la procedencia del medio de control, para diferenciar el comportamiento de las autoridades demandadas, y hacer la delimitación de la formulación de políticas públicas (las mismas que no son objeto de control judicial en tanto que corresponden al ejercicio mismo del poder que se ejerce, conforme al mandato popular), para distinguirlo de aquellos actos jurídicos de naturaleza administrativa, que tengan por objeto la revisión de sede administrativa del objeto del contrato y la revisión judicial del mismo. en sede judicial, para atender la pretensión intervenir en la gestión contractual, como lo pretende la demandante”.

Para finalizar, la Concejal de Bogotá tiene alrededor de tres días para corregir la demanda y presentarla una vez más ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca. La cabildante pide que se ordene que el Gobierno y la Alcaldía se abstengan de hacer cambios a los planos del Metro de Bogotá “ya que esto implica sobrecostos inmersos para la ciudad y sus habitantes”.



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